Qué es la mediación de pareja

Una primera aproximación al concepto lo sitúa como una instancia prejudicial de
encuentro entre dos partes en conflicto, con el objeto de negociar acuerdos
consensuados y sustentables en el tiempo, con carácter vinculante ante la ley.

La mediación en el ámbito familiar,  aparece como una iniciativa –que si bien se realiza en la actualidad de manera profesional y seria– al adquirir un estatuto legal que la sitúa como una alternativa viable al proceso judicial, permitirá a muchas familias evitar situaciones de tensión y conflicto propias de todo juicio en que el énfasis está en obtener el máximo de beneficios en perjuicio de la otra parte. Además, permitirá a las partes ser soberanos de sus propias decisiones en un proceso civilizado de negociación cuyo objetivo es un equilibrio óptimo en resguardo de derechos y bienes de las partes, pero fundamentalmente, del respeto personal y sobre todo el de los hijos. Por último, también permitirá ahorrar tiempo y recursos económicos al evitar el proceso judicial en el acuerdo de tutelas, visitas, pensiones, entre otros aspectos del proceso de separación.

mediación Familiar

Al respecto, las áreas en que la mediación debiera desarrollarse como instancia negociadora  serian:

  • Determinación de la forma de autoridad paterna y materna a ejercer a partir de la separación y el divorcio.
  • Determinación de quién asume la custodia de los hijos o hijas (en el caso que no exista la custodia compartida).
  • Determinación de la forma en que la custodia de hijos e hijas será compartida (en el caso que la custodia compartida sea posible y deseable).
  • Reparto del tiempo de contacto con los hijos e hijas: objetivos, visitas, tiempo.
  • Formas concretas de apoyo a las necesidades económicas de los hijos y del cónyuge más afectado por la separación (si procede).
  • Distribución de los bienes de la pareja (según régimen económico de la pareja).
  • Acuerdo de la pareja sobre la forma en que se le comunicará la separación a los hijos y a la familia extensa.
  • Formas de actualización de los acuerdos para adaptarse a situaciones extraordinarias en el futuro.

Ahora bien, la clave de la mediación es que se basa en una decisión libre que adoptan las partes en conflicto, sin presiones de ninguna especie y sin que pueda haber forma de obligar a su realización. Del mismo modo, durante el proceso de mediación, si alguna de las partes desea ponerle fin, puede hacerlo. Asimismo, los acuerdos a que lleguen, deben ser informados a la instancia judicial que corresponda para que su ejecución y efectividad se concreten.